Continente: América del Sur.
País: República Argentina.
Coordenadas: 38º 44´ Latitud Sur. 62º 16´ Longitud Oeste de Greenwich.
Ubicación dentro del País: Sud Oeste de la Provincia de Buenos Aires, sobre la costa del Océano Atlántico.
Superficie de Partido en Km2: 2300.
El sistema portuario de Bahía Blanca se asienta a lo largo de un amplio estuario cuyo acceso se realiza a través de un canal aproximadamente de 98 Km de longitud con un ancho de 190 Mts. y una profundidad tal que permite la navegación de buques de gran porte y calado. La limitación de la boca de acceso al estuario queda identificada por una línea imaginaria que une la playa de Pehuen-Co al Noroeste y Punta Laberinto al Sudoeste.
Este sistema se haya estratégicamente en relación con importantes centros de productos y consumo del interior del país. Una excelente recta minera lo vincula con diversas economías regionales, y las pueden utilizar los puertos de Bahía Blanca como alternativa de Exportación de sus productos y para la importación de sus insumos internos.
Según el Convenio SOLAS V/23 y la Resolución de IMO A.1045(27) - ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE PRÁCTICOS DE PUERTO
Descargar en formato PDFLas principales sociedades de clasificación tienen sus representantes en Argentina.
S/Disp. PNA Nº 9014/95.-
LATITUD | LONGITUD |
39º 23' 00'' Sur | 061º 17' 00'' Oeste |
39º 23 '00'' Sur | 061º 23' 00'' Oeste |
39º 25' 00'' Sur | 061º 17' 00'' Oeste |
39º 25 '00'' Sur | 061º 17' 00'' Oeste |
Los buques de hasta doce (12) metros de calado máximo final, que utilicen la zona antes mencionada, no fondearán u operarán al este del meridiano 061º 20' 00'' Oeste.
Exclusivamente para Buques Tanques, cuyo calado máximo supere los quince (15) metros y hasta veintidos (22) metros.
LATITUD | LONGITUD |
39º 43' 00'' Sur | 061º 10' 00'' Oeste |
39º 45 '00'' Sur | 061º 10' 00'' Oeste |
39º 43' 00'' Sur | 061º 13' 00'' Oeste |
39º 45 '00'' Sur | 061º 13' 00'' Oeste |
Los buques ajenos a las operaciones de Alijo y/o Complemento de Carga, tendrán prohibido fondear en la zona indicada anteriormente, salvo circunstancias especiales de fuerza mayor.
La presente disposición guarda relación con las O.M. Nº 17/77 y 3/81, las que serán cumplimentadas en su totalidad con intervención de la Perfectura local.